21 de abril de 2026
La falta de visita personal y directa del perito a los inmuebles objeto de valoración, junto con la insuficiente justificación de su innecesaridad, constituye un vicio sustantivo que determina la nulidad de la liquidación e impide la retroacción de las actuaciones
En un procedimiento dirigido por Tagus, el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura ha estimado la reclamación económico-administrativa interpuesta por la contribuyente, acordando anu...












